Como es público y notorio, la mayoría de préstamos hipotecarios en España están referenciados al índice Euribor, que actualmente está en sus niveles históricos más bajos (incluso en negativo). Sin embargo, muchos ciudadanos tienen un índice mucho más perjudicial para sus hipotecas, el IRPH, que conlleva pagar mucho más dinero cada mes. Un índice que es susceptible de manipulación por los bancos.
El índice IRPH actúa como una especie de «cláusula suelo», declarada nula por abusiva por el Tribunal Supremo, pero es todavía más pernicioso ya que siempre se ha situado muy por encima del Euribor, con una diferencia de hasta 2,79 puntos alcanzada en septiembre de 2009 y una media de 1,55 puntos por encima durante dicho periodo. Su única “supuesta” ventaja era la estabilidad. En una hipoteca media, y siendo conservadores, supone pagar alrededor de 1.200 euros más al año, o mucho más.
Existen numerosas sentencias firmes que comienzan a avalar la ilegalidad de la aplicación del índice IRPH y a referenciar los préstamos hipotecarios a Euribor. A modo de ejemplo, contamos recientemente con una sentencia firme en Valencia, tras la cual, la hipoteca ha sido referenciada a Euribor.
Además de las más de 40 sentencias que ya han sido dictadas anteriormente por los Juzgados de lo Mercantil de Donostia, Guadalajara, Barcelona y Vitoria-Gasteiz. Al menos seis juzgados más han encontrado abusivo el índice IRPH declarando su nulidad, afirmando estas sentencias que, el índice IRPH es «influenciable» por los propios bancos. La cámara insta, además, a las entidades bancarias a “reintegrar a las personas consumidoras todos los intereses cobrados en referencia a dicho índice… y a devolver las viviendas desahuciadas” en aplicación del índice hipotecario IRPH, ya desaparecido, pero que continúa aplicándose, inexplicablemente.
La Comisión Europea también se ha mostrado favorable a los consumidores recientemente, pronunciándose contra la posición del Tribunal Supremo, como ha recogido la prensa.
A raíz de eso, el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuestiona este índice y deberá resolverse en breve. Según afirma, se trata de un índice poco transparente y contrario a la Directiva Europea de control de cláusulas abusivas.
La cuestión está pendiente de resolución en el Tribunal Europeo, pero parece claro que este Tribunal corregirá la posición del Tribunal Supremo, tal y como ya ocurrió en las cláusulas suelo.
El ex magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y catedrático de Derecho Civil de la Universitat de València, Francisco Javier Orduña, considera que, «Las entidades deben ofrecer al cliente una práctica sencilla, comprensible y accesible» y que para ello «Hace falta una nueva regulación con la transparencia como valor fundamental», así como, entiende que el TJUE va a seguir esa postura de transparencia y los parámetros a exigir se moverán a los de la Comisión Europea, que son mucho más estrictos y rigurosos.