Empresas con dificultad. Soluciones.

En España, las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) generan más de 10 millones de empleos, de modo que su papel en la economía y en la sociedad es muy importante. La situación de pandemia debida a la COVID-19 les ha ocasionado, para muchas, un perjuicio financiero que les pone en situación de riesgo de cierre.
Los casos de cierre en el primer semestre de 2021 han aumentado un 80% es la razón por la cual el Consejo General de Economistas (CGE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) han decidido ayudar a estas empresas en dificultades para evitar su cierre.
La Comunidad Valenciana, aúna el 15% del total de casos.
Una previsión legal se encuentra en la Ley Concursal 22/2003. Dicha ley prevé un procedimiento concursal llamado “concurso de acreedores” que tiene varias finalidades:
- ofrecer alternativas de pago para no asfixiar a la empresa.
- encontrar soluciones para mantener la igualdad entre los acreedores en el cobro.
- y, en último recurso, liquidar el patrimonio empresarial para cobrar las deudas.
Otras soluciones para evitar el recurso al concurso.
Preconcurso
Se trata de un plazo de 4 meses durante el cual los acreedores no pueden formular concurso contra la empresa. El objetivo de esta solución es que la empresa intente subsanar su situación de crisis.
La ventaja es que la empresa podrá mantener su órgano de gobierno aunque tendrá la obligación de comunicar el inicio del preconcurso al Juzgado.
Diseñar un Plan de Viabilidad
El Plan de viabilidad es un aspecto fundamental de la empresa porque es sobre este plan que los acreedores van a tener la garantía del cobro de las deudas.
Este plan debe ser veraz y transparente y tiene que prever un margen en caso de problema.
Hay que tener en cuenta que lo que buscan los acreedores, por regla general, es que el Plan de viabilidad cubra toda la deuda, por lo tanto, es imprescindible la negociación con los acreedores para ponerse de acuerdo sobre la garantía del cobro parcial de la deuda.
Régimen de mayorías
Se trata de una apuesta. Se trata de una negociación entre la empresa deudora y el acreedor. Este régimen establece unos requisitos evidentes:
- que el Plan de viabilidad cubra al menos el 51% de las deudas.
- que la empresa pague en los plazos establecidos durante la negociación.
Se trata de una apuesta porque, en el caso de que no se cumplan estos requisitos por parte de la empresa deudora, ésta tendrá que presentar la liquidación.
Dicha alternativa al concurso terminará con el decreto de fin del procedimiento por parte del Juez, una vez pagada la última deuda.
La consecuencia es que la empresa podrá continuar su actividad.
La fusión
Existen tres tipos de fusión: la fusión pura, la fusión por absorción y la fusión con aportación parcial del activo.
Fusión pura
Consiste en la unión de dos empresas para formar una empresa nueva por lo que se disuelven las primeras aportando todos sus recursos en la nueva empresa.
Fusión por absorción
Consiste en que una empresa llamada “absorbida” integra su patrimonio en otra empresa llamada “absorbente”. La consecuencia es que la empresa absorbente sigue existiendo ampliándose por la integración de la empresa “absorbida”.Fusión con aportación parcial del activo
Por un lado, consiste en que una empresa aporte una parte de su patrimonio que va a fusionar con otra empresa para crear otra nueva de modo que tendremos dos empresas: la empresa nueva debida a la fusión y la empresa que ha dado una parte de su patrimonio para realizar la fusión.
Por otro lado, consiste en que una empresa aporte una parte de su patrimonio a otra permitiendo a esta segunda empresa aumentar su tamaño, por lo que habrá dos empresas: la empresa que ha aportado una parte de su patrimonio y la empresa que se habría visto aumentada por dicha aportación.

La participación o adquisición
Se trata por una empresa de comprar una parte del capital social de otra para controlarla. Dicha gestión será de grado diferente en función de la parte adquirida por la primera empresa.
Distinguimos dos tipos de adquisición:
La compra mediante apalancamiento financiero
Consiste en la financiación de la parte más grande del precio de adquisición de una empresa mediante el empleo de deuda a través de una deuda asegurada por el patrimonio del deudor así como los activos y futuros ingresos de la empresa adquirida.

La oferta pública de adquisición de acciones
Consiste en proponer una oferta de compra, de la totalidad como de una parte, de las acciones de otra empresa cotizada a un precio que permita al oferente tener un poder decisión en la empresa.
Para ampliar la información puede dirigirse a nuestras oficinas telefonicamente o a través de la dirección de correo electrónico que figura en nuestra página web.
